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El juez intimó además a que la empresa le envíe, en diez días, un "inventario completo de la cantidad de unidades publicadas, vendidas y su precio de la revista desde su primera publicación debiendo acompañar las respectivas facturas o boletos de venta".
El denunciante, Reynaldo Luis Defranco Fantin, aseguró que la empresa usó la marca "OH!" de su propiedad, registrada en el INPI. Al darle la razón, Araoz de Lamadrid aludió a la necesidad de preservar "los intereses del titular marcario (quien ha visto afectado su derecho de propiedad), del publico en general y de las sanas prácticas comerciales".
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